LA PROHIBICIÓN DEL BLINDAJE
LA PROHIBICIÓN DEL BLINDAJE
Creo, que siempre estuvo, fríamente calculado el desenlace,
cálculo basado en el sentido de oportunidad y algo de teoría de juegos. No dudo,
había temor en Palacio Nacional con aquello de ¿Se imaginan si a Claudio X.
González, padre e hijo, se les ocurre meter un amparo porque está muy lejos el
aeropuerto? y, entonces, había que jugar a una estrategia de costo beneficio
entre decretar o seguir conforme lo establecen las leyes de transparencia. Y,
aquí, habrá que distinguir lo sustantivo de la transparencia que es la claridad
en el manejo del dinero público y la rendición de cuentas y, los amparos, corresponden
a la constitucionalidad de los actos del poder y los derechos de los
ciudadanos.
Era, previsible, que en el primer asalto vendría la controversia
constitucional del Instituto Nacional Transparencia, Acceso a la Información y
Protección de Datos Personales (INAI) y que la Suprema Corte de Justicia de la
Nación (SCJN) negaría que la información de los proyectos insignia del gobierno
de la 4T fuera “reservada”.
Y, así, daría trámite a la mencionada controversia, fijando una medida
cautelar, que obliga al Poder Ejecutivo a sustanciar cualquier respuesta sobre
los proyectos de infraestructura de este gobierno conforme la ley vigente (entre,
otros, el Tren Maya, el Aeropuerto Internacional Felipe Ángeles y la refinería de
Dos Bocas).
El gobierno gana tiempo para continuar sus obras y le da margen
para administrar la entrega de información en tanto la Corte resuelve sobre la
constitucionalidad del llamado “decretazo”, lo que podría llevar hasta dos años
en resolver, pero, eso, no lo exime de argumentar legalmente en cada caso las
razones de seguridad nacional que se ponen en riesgo.
Lo que significa que llegar a la antesala de salida de este
gobierno estar ante hechos consumados y la aplicación de gastos “debidamente
auditados” por la Auditoria Superior de la Federación y la Cámara de Diputados
donde Morena y sus aliados tienen mayoría.
De salir así, sería una estrategia exitosa y lo amenazante, es que
si al final, de la controversia la Corte resuelve que este tipo de obras de
infraestructura son, además, de interés público también de “seguridad nacional”,
prácticamente invalidaría la existencia del INAI que, de sobrevivir, quedaría
reducido a una caja de resonancia y le brindaría un gran apoyo al diseño de un renovado
hiperpresidencialismo.
Mal para el país.
Pero, no adelantemos vísperas, también, puede suceder que la Corte
resuelva sobre la inconstitucionalidad del decreto presidencial y eso, reafirme,
su papel de contrapeso en el marco de una verdadera separación de poderes. Que,
es, lo que necesita el país, ante cualquier forma de presidencialismo exacerbado,
absorbente y sofocante.
Juan Luis González Alcántara, ministro de la Suprema Corte de
Justicia de la Nación, fue quién concedió la suspensión interpuesta por el INAI
contra el decreto presidencial que fijaba que todas las obras de infraestructura
del gobierno obradorista deben considerarse de “interés público” y de “seguridad
nacional”.
El ministro sostuvo claramente en la justificación que “Es
procedente la suspensión para que se suspendan todos los efectos y las
consecuencias del acuerdo impugnado que deriven en catalogar la información
detallada en éste como de interés público y/o seguridad nacional, sin cumplir
con los supuestos que las leyes respectivas prevén para ese efecto”.
O sea, no sólo obliga al Ejecutivo, sino, al declarar, que todos
los actos de este sean constitucionales atiende a la oposición política y
ciudadana que ha visto en el “decretazo” un intento de evitar la transparencia y peor,
un acto de autoritarismo, sin precedente, que violenta flagrantemente la ley - y es que, dicho de paso, el decreto coincidió
con la aparición de una investigación periodística de Latinus, sobre el destino
de los gastos, que hasta el mes pasado, se habían realizado en el Aeropuerto Internacional
Felipe Ángeles y se encontró en ella diversas irregularidades que pusieron al
descubierto presuntos actos de corrupción en la administración de sus recursos
públicos.
Esta medida cautelar de la Corte queda redonda cuando señala que
“Se niega la suspensión, en los términos precisados en la parte denominada
Apartado segundo. Es improcedente la medida cautelar solicitada para suspender
las acciones que se indican en el acuerdo impugnado en relación con los
proyectos y obras del Gobierno de México”.
A lo que consejeros del INAI han respondido que no es su interés
suspender obras, sino, que estas, se sujeten a la ley en materia de
transparencia y rendición de cuentas; y en coincidencia, a lo expresado por el
propio López Obrador de que el decreto, no tiene como objetivo, la falta de
rendición de cuentas, sino simple y sencillamente, que las obras no sean
detenidas por un amparo. Ahora, lo interesante, es cómo poder argumentar que
abrir la información es un problema de seguridad nacional. No la tienen fácil.
Entonces, entramos a un impasse en tanto no haya una sentencia de
la Corte, lo que significa que la tensión generada y, que seguramente no
desaparecerá, por la polarización y la desconfianza existente, además, de los
juegos políticos de suma cero, donde se busca que lo pierde uno, lo gana el otro,
y la tensión podría desplazarse a los actores insurgentes y sociales que rondan
al menos en los llamados megaproyectos del sexenio.
La amenaza latente del EZLN de que no permitirán que el llamado
Tren Maya no llegue a buen fin y, para ello, movilizarían a los pueblos originarios
del sureste que a su juicio será afectados por estas obras.
Están, también, las líneas aéreas que no quieren aterrizar por
razones de seguridad en el nuevo aeropuerto y el malestar de muchos usuarios
que seguramente ya están calculando en clave de tiempo y dinero los traslados hasta
ese punto remoto de la Ciudad de México.
Y, finalmente, está la refinería de Dos Bocas que ha sido
cuestionada por ser una inversión que va contra la ciencia y el medio ambiente,
en cuanto continúa la explotación de recursos fósiles, cuando la alternativa, esta
en otro tipo de energías renovables cómo sucede en otros países.
En definitiva, la decisión de la Corte, de pronunciarse en
contra de blindar información sobre proyectos de este gobierno hay que valorarlo
en clave de una verdadera separación de poderes y sustantivamente, como un contrapeso,
que mucho necesita este país, donde están a flor de piel los intereses de los
poderes fácticos, pero, también, el apetito insaciable de concentrar cada día
un mayor poder político.
Al tiempo
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