EL INE ACUERDA Y SE PRENDE LA LLAMA
De mantenerse firme el acuerdo del Consejo General del INE
para evitar la sobrerrepresentación en la Cámara de Diputados, sin duda alguna,
tendrá efectos en la composición de la siguiente legislatura.
Salvo, claro, que los recursos interpuestos ante el tribunal
electoral terminen por favorecer a quienes cuestionan esta decisión bajo el
argumento de que el INE está legislando y peor, que lo hace una vez iniciado el
proceso electoral por lo que no le asistiría razón jurídica sobre la
interpretación para su uso del artículo 54 constitucional que expresamente señala
en su fracción IV y V:
“IV. Ningún partido político podrá contar con más de 300
diputados por ambos principios”.
“V. En ningún caso, un partido político podrá contar con un número
de diputados por ambos principios que representen un porcentaje del total de la
Cámara que exceda en ocho puntos a su porcentaje de votación nacional emitida.
Esta base no se aplicará al partido político que, por sus triunfos en distritos
uninominales, obtenga un porcentaje de curules del total de la Cámara, superior
a la suma del porcentaje de su votación nacional emitida más el ocho por
ciento;”
Y esta disposición constitucional la refrenda la ley
reglamentaria en el artículo 15, numeral 3, que igualmente señala:
“3. Ningún partido político podrá contar con más de 300
diputados por ambos principios. En ningún caso, un partido político podrá
contar con un número de diputados por ambos principios que representen un
porcentaje del total de la Cámara que exceda en ocho puntos a su porcentaje de
votación nacional emitida. Esta base no se aplicará al partido político que,
por sus triunfos en distritos uninominales, obtenga un porcentaje de curules
del total de la Cámara, superior a la suma del porcentaje de su votación
nacional emitida más el ocho por ciento”.
Entonces, el problema de esta restricción constitucional de
1996 radica no en su legalidad, sino en que hasta ahora se pone un freno y es ahí,
donde se vuelve mediático y jurídico el asunto. Cuando muchos se preguntan
porque se hace iniciado el proceso electoral. Si desde un principio se hubiera
aplicado la norma, no tendríamos el problema mediático de hoy.
La sobrerrepresentación ha sido una práctica tolerada por el
IFE y ahora por el INE, como lo demuestra que en 2012, el PRI en coalición con
el partido Verde maniobró y de nuevo lo hizo en 2015, obteniendo una
sobrerrepresentación de 8.2 y 9.7%, respectivamente, mientras Morena rápidamente
aprendió le fórmula de hacerse de más diputados y en 2018, hizo lo propio y se
sobrerrepresentó con un 15.7%.
O sea, ha habido omisión en la aplicación de la ley,
triquiñuelas de parte de los partidos y ahora se toma un acuerdo en el INE para
tratar de subsanar este problema que impacta sobre la representación política y
está bien.
La estratagema consiste en que el partido dominante postula candidatos por medio de sus aliados electorales
y luego estos con el triunfo electoral o de RP, habiendo se separan del partido
postulante para sumarse a la bancada de su militancia de tal suerte que mediante
este mecanismo fraudulento llegan a superar lo previsto en la Constitución y su
ley reglamentaria y hasta podrían, en caso de persistir esta mala práctica, alcanzar
la mayoría calificada en las dos cámaras legislativas del Congreso de la Unión
y de esa forma, hacer las reformas constitucionales que se les antoje sin
necesidad de negociar y acordar con las otras representaciones políticas. Ahí
radica, lo grave de esa práctica parlamentaria, es la puerta de entrada al
autoritarismo legislativo.
Para verlo más claro
se han mencionado dos casos de este despropósito: Mario Delgado, el actual dirigente
nacional de Morena, no fue postulado por su partido, sino por su aliado el PT y
lo mismo sucedió con Pablo Gómez, el vicecoordinador de la bancada morenista, y
así habría decenas de casos, inflando la bancada del presidente López Obrador.
Ante esta práctica a todas luces inconstitucional, sea cual
sea el partido del presidente, una amplia mayoría del Consejo General del INE,
entre ellos tres de los cuatro consejeros propuestos por Morena en el reciente
proceso de renovación escalonado, han decidido firmar el acuerdo para poner un
alto a la sobrerrepresentación y ajustarse a la Constitución y a su ley
reglamentaria.
Para ello revisaran con lupa la afiliación de los candidatos
que se postulen y se garantizara que vayan siempre por su partido, no por otro,
como se ha venido haciendo, esto ha provocado una andanada de críticas al INE y
especialmente a su presidente, Lorenzo Córdova, cómo si aquel no fuera un órgano
colegiado, donde se toman las decisiones por mayoría y no por lo dicta este
funcionario que a lo sumo en un empate puede votar de calidad.
Ningún partido puede tener más diputados que los que marca la
Constitución y su ley reglamentaria. Y a eso, deberían atenerse los hábitos democráticos,
no hay vuelta de hoja, de lo contrario se normaliza la marrullería que es peor
que el INE acuerde en tiempo electoral y por lo demás, caramba, cuando es su
tiempo estelar.
Claro, debió hacerse mucho antes, pues embona con la campaña
que hay desde hace más de un año en contra de la sobrerrepresentación morenista,
y ahora al hacerlo se está pagando un costo en imagen y, seguramente, lo
sucedido en 2012 y 2015, afectó al PRD y a Morena, respectivamente, cómo en
2018 al PRI y al PAN y 2021 no sabemos.
Entonces, que el INE ponga orden en estas maniobras es
saludable para una competencia sin trampas, constitucionales, que no lleven a
la sobrerrepresentación de ningún partido y que el resultado de la elección reconozca
a cada partido lo que legítimamente ganó en las urnas.
Claro, además. queda a salvo el derecho de los partidos a
formar no solo coaliciones parlamentarias incluso de gobierno, como está en la
ley y que no lo han utilizado y sería muy bueno hacerlo para garantizar el
cumplimiento de los programas electorales como sucede en los sistemas
parlamentarios.
El acuerdo del Consejo General del INE ya fue impugnado
ante el tribunal electoral y será este el que determine su legalidad, pero
igual, quedan a salvo los derechos de los partidos que puedan sentirse
afectados por esta nueva versión del chapulineo que tiene como fin último
torcer la ley y hacer de la imprudencia una costumbre.
Aunque a destiempo, siendo que la reforma
constitucional es de 1996, conviene que se mantenga en favor de una
representación equilibrada bajo el principio democrático “un voto-un ciudadano”
de otra manera, cuando lleguen los siguientes partidos al poder, harán lo mismo
y la ley no puede estar al gustillo del grupo transitorio en el poder. Aun
cuando haya llama.
Al tiempo.
Comentarios
Publicar un comentario